En los seguros es importante diferenciar entre dos figuras, la del tomador y la del beneficiario. En el caso del beneficiario del seguro de vida, está claro que este será diferente del contratante de la póliza, ya que la indemnización solo se percibe si el tomador fallece.
Vamos a ver cómo se designa a los beneficiarios, si es posible cambiarlos a lo largo de la duración del contrato, y qué sucede si, llegado el momento de percibir el dinero, el beneficiario hubiera fallecido.
Quién es el beneficiario de un seguro de vida
Los beneficiarios legales de un seguro de vida son aquellos que van a recibir la indemnización pactada en el contrato en caso de que la persona asegurada fallezca.
Se suele confundir la figura del beneficiario con la del heredero, pero no tiene que ser necesariamente así, porque el asegurado puede elegir libremente quién va a cobrar el importe de la póliza tras su fallecimiento, y no tiene que ser necesariamente uno de sus herederos.
Lo que ocurre es que, en la práctica, se suele designar beneficiario del seguro de vida a uno o varios de los herederos del tomador. Generalmente, se instituye como primer beneficiario al cónyuge y, en su defecto, a los hijos.
Cómo se designa al beneficiario de un seguro de vida
La designación se hace inicialmente en el momento de contratar la póliza. En el seguro de vida los beneficiarios pueden ser varios, pero se aconseja que el tomador decida qué porcentaje va a recibir cada uno de ellos. Si no establece nada al respecto, la indemnización se repartirá a partes iguales.
Si no se designa un beneficiario genérico (cónyuge, hijos, etc.) o específico, la cuantía de la indemnización pasará a formar parte del caudal hereditario y se repartirá en los mismos términos que la herencia.
¿Se puede cambiar?
El tomador puede cambiar la identidad de los beneficiarios las veces que desee. Basta con que realice una declaración escrita que remita a la aseguradora o su correduría de seguros. En ninguno de los dos casos necesita el consentimiento de la compañía aseguradora para hacer estos cambios.
¿Qué ocurre si el beneficiario de un seguro de vida fallece?
Si el beneficiario de seguro de vida ha fallecido antes que el tomador de la póliza, lo más sencillo es que el asegurado realice una nueva designación. Si no lo hace, y no hay más beneficiarios recogidos en la póliza, la indemnización pasa a formar parte del patrimonio de la persona asegurada, por lo que se reparte junto con la herencia.
Hay que tener en cuenta que la relación con el beneficiario del seguro de vida puede cambiar durante la vigencia del contrato. Es posible que este fallezca antes que el tomador o que se rompa el vínculo que existe entre las partes. Por eso, es importante hacer nuevas designas si se producen cambios en las relaciones personales. Si necesitas asesoramiento para contratar un seguro de este tipo o hacer cambios en tu póliza, en GRUPO PACC estamos aquí para ayudarte.