Seguros patrimoniales para particulares
En esta categoría se alojan los seguros que tienen como finalidad el reparar la pérdida que pueda sufrir un asegurado en su patrimonio personal como consecuencia de un siniestro.
Este tipo de seguros se dividen en los que aseguran “cosas” (un coche, una casa, un negocio, etc) y los seguros de responsabilidad civil, que dan cobertura frente a reclamaciones de terceros por los daños que pueda causar nuestro asegurado, ya sean personales o materiales.
Los seguros patrimoniales más comunes para particulares son:
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Seguro de automóvil:
El objeto principal es reparar o indemnizar los daños accidentales producidos como consecuencia de la circulación de vehículos a motor.
En España, todo propietario de un vehículo a motor tiene la obligatoriedad de tenerlo asegurado a terceros (Garantía de Responsabilidad Civil Obligatoria).
Además de la cobertura descrita, se puede asegurar dentro de la misma póliza coberturas para el propio vehículo (lunas, robo, incendio, daños, asistencia) o para el propio asegurado (accidentes del conductor).
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Seguro multirriesgo
(Hogar, comunidad, comercio, etc): Este tipo de seguro engloba en una misma póliza varios riesgos que protegen al asegurado en el caso de una pérdida patrimonial. De este modo, dentro de un mismo contrato, encontramos coberturas para daños materiales (por ejemplo: el incendio, el robo), de Responsabilidad Civil, de Asistencia y otras garantías que amplían la casuística de siniestros que se pueden dar en este tipo de riesgos.
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Seguro de Responsabilidad Civil:
Tiene por objeto el cubrir las indemnizaciones por daños personales o materiales que se puedan causar a un tercero por culpa del asegurado, de personas que de él dependan o deba responder, o de hechos que deriven de su vida privada o profesional.
Seguros patrimoniales para empresas
Esta póliza cubre los daños que, debido a un siniestro, se produzcan en bienes muebles o inmuebles de una empresa.
Este seguro está destinado a empresas que quieren proteger su patrimonio y garantizar la continuidad de su actividad en caso de enfrentarse a un siniestro o imprevisto.
Se pueden asegurar el continente y el contenido de la empresa de dos formas diferenciadas:
- Valor Real:
Valor a nuevo deducida su depreciación por antigüedad o uso.
- Valor a Nuevo:
El de los bienes en estado de nuevo el día de contratación de la póliza, sin deducción ni depreciación por uso o desgaste.
Se puede contratar un producto nominado o un todo riesgo, las principales diferencias entre ambos son:
- Nominado:
Se cubren aquellos hechos que expresamente aparecen incluidos en póliza.
- Todo Riesgo:
Se cubre cualquier daño accidental que no figure expresamente excluido en póliza o no sea contratable por una garantía opcional.
Coberturas más habituales:
- Incendio y complementarios.
- Pérdida de alquileres.
- Daños estéticos.
- Daños eléctricos.
- Rotura de cristales.
- Reposición de documentos.
- Actos vandálicos.
- Daños por lluvia, pedrisco o nieve.
- Inundación.
- Impactos.
- Daños por escape de agua.
- Robo y atraco.
- Avería de maquinaria.
- Equipos electrónicos.
- Pérdida de beneficios.
- Mercancías en cámara frigorífica.
- Derrame de líquidos.
- Rotura de depósitos y envases.
- Asistencia en industria.