Cuando una placa vitrocerámica está rota, disponer de un seguro de hogar puede evitar —siempre que se cumplan determinadas circunstancias— que tengamos que afrontar el coste que supone su reparación o sustitución.
¿Cubre el seguro del hogar la vitrocerámica?
La respuesta correcta a esta pregunta es que una vitrocerámica rota estará cubierta por el seguro de hogar en función de varios factores:
- Las causas de la rotura y/o avería.
- Las coberturas que tengamos contratadas en el seguro de hogar.
- La antigüedad de la placa vitrocerámica.
En qué casos cubre el seguro la rotura de la vitrocerámica
Analicemos caso por caso:
Rotura accidental del cristal de la placa
Las roturas accidentales del cristal de la placa vitrocerámica suelen estar cubiertas incluso en los seguros de hogar básicos.
Esto quiere decir que, habitualmente, no será necesario que en nuestra póliza dispongamos de una cobertura adicional para tener derecho a ser indemnizados si se produce esa circunstancia.
No obstante, antes de reclamar, se recomienda leer el condicionado general de la póliza de hogar para verificar si realmente existe derecho a indemnización por este concepto. En los seguros muy básicos de muy bajo coste es fácil que esta cobertura no esté incluida.
Rotura accidental del cristal y otros daños
Si la vitrocerámica sufre daños en el cristal y otros componentes de forma accidental, solo tendremos derecho a ser indemnizados por los daños del cristal.
Para que nuestro seguro de hogar nos indemnice por todos los desperfectos sufridos, es preciso que tengamos contratada la cobertura de rotura accidental. En ese caso, el seguro cubre la vitrocerámica completa.
Avería de la placa por causas eléctricas
Otra circunstancia que puede ocurrir es que la vitrocerámica sufra una avería como consecuencia de una caída de tensión, de una sobretensión o de la caída de un rayo.
En cualquiera de esos tres supuestos, tendremos derecho a reparación o indemnización si en el seguro de hogar está incluida la cobertura de riesgos eléctricos o fenómenos eléctricos.
¿Reparación o sustitución?
La decisión de reparar o sustituir la vitrocerámica es de la compañía aseguradora. En los casos de rotura del cristal, lo habitual será que se repare la vitrocerámica mediante la colocación de un nuevo cristal.
Cuando los daños son más graves y afectan a la estructura de la vitrocerámica o a sus componentes eléctricos, generalmente será la aseguradora sustituirá la “vitro” por otra nueva o indemnizará por el valor de una placa de características similares.
La antigüedad de la vitrocerámica, una causa de exclusión del derecho a la indemnización
No hay que olvidar que las aseguradoras establecen límites de antigüedad para indemnizar por los daños sufridos en todos los electrodomésticos, incluida la vitrocerámica.
La banda de antigüedad excluyente del derecho indemnizatorio oscila entre los 5 y los 10 años, según la compañía de seguros y el tipo de póliza de hogar.
En este sentido, es altamente recomendable guardar la factura de compra de la placa (y de cualquier otro electrodoméstico). En caso de discrepancia con los peritos de la aseguradora, será la prueba que permita demostrar que existe derecho a ser indemnizado.
En resumen, si tu vitrocerámica está rota, el seguro no te indemnizará por ella si es demasiado antigua a su juicio, aunque hasta el mismo momento de la rotura haya estado en perfecto estado de funcionamiento. Para saber si tienes derecho a una indemnización o si deben cambiarte la placa, revisa las condiciones de tu contrato.