Hay diferentes tipos penales que, si bien tienen muchos elementos y características en común, lo cierto es que tienen diferencias que los hacen delitos completamente distintos y autónomos. Esto conlleva penas diferentes para unos y para otros, pero, además, conlleva ciertas diferencias fundamentales en cuanto a seguros. En este post veremos no solo en qué se diferencian el atraco del robo y del hurto, también veremos qué diferencias hay en cuanto a seguros.
¿Qué es el atraco, el robo y el hurto?
Si hay algo que tengan en común estos tres delitos es que se trata de un ataque contra el derecho a la propiedad y que consisten, todos ellos, en sustraer un bien mueble —un móvil, un bolso o una cartera, entre muchos otros. Sin embargo, cada uno de ellos tiene unas características concretas que lo diferencian de los otros:
Robo: la sustracción del bien se produce con fuerza sobre las cosas. Esto quiere decir que hay violencia o agresividad a la hora de sustraer el bien en concreto. Por ejemplo, un ladrón que entra en una casa forzando la cerradura y sustrae parte del mobiliario está cometiendo un robo al utilizar la fuerza o la violencia para acceder al lugar en el que se encuentran las cosas sustraídas.
Atraco: la sustracción del bien se produce con violencia o intimidación sobre las personas. Por ejemplo, alguien que te amenaza con una navaja para que le des lo que llevas en la cartera. En este caso estaríamos hablando de un atraco, ya que existen intimidación, amenaza o violencia sobre las personas.
Hurto: la sustracción del bien se realiza sin violencia o intimidación sobre las personas y sin violencia o fuerza sobre las cosas. Por ejemplo, si te olvidaste el teléfono móvil en la terraza de un bar y alguien lo sustrajera, estaríamos hablando de un hurto.
¿Qué diferencias hay entre atraco, robo y hurto en cuanto a seguros?
Uno de los aspectos fundamentales de estos tres tipos penales son sus diferencias en cuanto a seguros. Así, las coberturas de los seguros podrán incluir cierto tipo de sustracciones y no incluir otras, de forma que no en todas las ocasiones las compañías aseguradoras cubrirán y, por tanto, nos darán una indemnización, por estas sustracciones.
Lo normal es que la mayoría de las pólizas de seguros incluyan en sus coberturas los perjuicios sufridos por un atraco, además de las sustracciones que se hubieran sufrido por robo. Sin embargo, la mayoría de las pólizas de seguro no incluyen la cobertura por hurto, de forma que si te han sustraído un bien o enser, lo normal es que la aseguradora no se haga cargo de la indemnización.
Sin duda, a la hora de reclamar una indemnización, es importante tener claro estos conceptos y qué cubre nuestra póliza de seguro para no llevarnos una sorpresa desagradable. Esperamos haberte ayudado a esclarecer las dudas que pudieras tener sobre estos delitos y sus coberturas en la mayoría de seguros.