Como si no fuera suficiente duelo tener que despedirse de un ser querido, los gastos que ocasiona el sepelio nos dejan las cuentas tiritando. Es por ello que, en el caso de que la persona fallecida no disponga de un seguro de decesos para cubrir las expensas, serán los familiares los que tendrán que asumirlos. Para este caso en concreto, la ley contempla una ayuda para soportarlo.
¿Qué es el auxilio por defunción?
El auxilio por defunción es una ayuda para soportar los gastos del sepelio. La cuantía es mínima, tanto que no llega para cubrir la totalidad de los gastos, por lo que, si el fallecido no disponía de un seguro de decesos, el restante deberá ser abonado por la familia.
¿Qué requisitos debes cumplir para solicitarlo?
No cualquier persona que tenga relación con el fallecido puede ser beneficiario de este auxilio por defunción. Uno de los requisitos para poder acceder a él es la obligatoriedad de la existencia de un parentesco cercano con el difunto, entendiendo como tal al cónyuge (quien también podrá solicitar la pensión de viudedad, ya que no son incompatibles), pareja de hecho o sus descendientes o familiares que hayan convivido con él.
Además de todo esto, para poder solicitar la ayuda se deben de cumplir una serie de requisitos por parte del fallecido, entre los que se menciona, en primer lugar, la obligatoriedad de que esté dado de alta en la Seguridad Social, aunque hay ciertas excepciones a tener en cuenta: podrá, también, estar en situación de jubilación o percepción de una prestación por una incapacidad permanente o temporal. Además, hay que tener en cuenta que debe estar al orden de pago en todas las cotizaciones.
Otro de los requisitos para que la ayuda sea otorgada es la de pagar la totalidad de la cuantía del sepelio. Este es uno de los puntos negativos, ya que el gasto se efectúa con anterioridad a la recepción de la ayuda.
¿Cómo debes solicitar el auxilio por defunción?
Los trámites de solicitud tras la defunción no suponen una gran inversión de tiempo. Ya que es un proceso sencillo y que se puede realizar de forma presencial; ya sea en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social, como en el Instituto Social de la Marina, según corresponda.
Este derecho es perecedero, ya que prescribe a los 5 años a partir del fallecimiento, por lo que deberá ser solicitado con anterioridad. Este punto es importante tenerlo en cuenta a la hora de proceder a la solicitud.
¿Qué documentación necesitas para realizar la solicitud?
En primer lugar, se precisa la presentación de un medio de identificación del solicitante, que suele ser su DNI o pasaporte, el certificado del acta de defunción, y la presentación del Libro de familia actualizado o acta que acredite el parentesco expedido por el Registro Civil.
Cuando no exista ninguna relación de parentesco que se pueda justificar. Deberá también presentarse un comprobante del pago de los gastos ocasionados por el fallecimiento, así como una certificación donde se acredite la convivencia.
En definitiva, el proceso de solicitud de la ayuda no es complejo, pero la cuantía de la que se dispone una vez recibido el auxilio no cubre prácticamente nada de los gastos que supone un sepelio sin un seguro de decesos, es por ello que tener contratado este servicio nos permite tener una tranquilidad económica llegado el momento de despedir a un ser querido.